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Listado de la categoría: Comunicados

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ASESCON le comunica información importante para usted y su empresa…

Comunicados

Subvención «Retorno al empleo»

El Gobierno de Canarias continúa convocando ayudas a la contratación.

Le hacemos llegar un resumen de la convocatoria. Si está interesado puede contactar con nuestro departamento laboral.

Subvención «Retorno al empleo», destinada a empresas que contraten desempleados de larga duración.

Beneficiarios: Empresas personas físicas y jurídicas y comunidad de bienes, con domicilio social en canarias, que contraten a personas desempleados de larga duración (360 días en un periodo de 540 días), y estén inscritos en el programa «Retorno al empleo».

Requisitos: La empresa tiene que mantener el nivel de plantilla media en los 3 meses anteriores a la contratación y mantener el nivel de empleo alcanzado con la contratación, mientras dure el contrato (para autónomos con menos de  5 trabajadores no es necesario mantener plantilla).

Contratos indefinidos, mantenimiento mínimo de  2 años, temporales mantenimiento mínimo de 6 meses.

Cuantía:

Contratos indefinidos: 5500 €

Contratos temporales: 6  meses, 2500 €

Contratos temporales: más de 6 meses 3000 €.

Causas de reintegro: Despido y/o no mantener el nivel de empleo.

Plazo de presentación: Convocatoria abierta hasta 2020, hasta agotar presupuestos.

Enlace BOC:

3448 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 5 de julio de 2017, de la Presidenta, por la que se aprueban las bases reguladoras de un Programa de Incentivos a la Contratación Laboral de personas desempleadas de larga duración, denominado «Retorno al Empleo», con periodo de vigencia del 2017 al 2020.

14 julio, 2017/por ASESCON
https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2017/07/5319c40b773b2s39484-2.jpg 310 590 ASESCON https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2022/12/logo_web-300x126.png ASESCON2017-07-14 21:05:082017-09-02 18:35:31Subvención «Retorno al empleo»
Comunicados

SUBVENCIONES DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO

Queremos informarles de dos novedosas subvenciones que convoca el Servicio Canario de Empleo, por si fuesen e su interés. Para cualquier aclaración, por favor, contacte con nuestro departamento laboral….

1ª Subvención «Certifícate».

Destinada a empresas que contraten desempleados con certificado de profesionalidad.

Beneficiarios: Empresas personas físicas y jurídicas y comunidad de bienes, con domicilio social en canarias, que contraten a personas desempleados que hayan obtenido un certificado de profesionalidad, y estén inscritos en certifícate.

Requisitos: La empresa tiene que mantener el nivel de plantilla media en los 3 meses anteriores a la contratación y mantener el nivel de empleo alcanzado con la contratación, mientras dure el contrato (autónomo con menos de  5 trabajadores no es necesario mantener plantilla).

Cuantía:

Contratos indefinidos: 5.500 €

Contratos temporales: 6  meses, 2.500 €

Contratos temporales: más de 6 meses 3.000 €.

Causas de reintegro: Despido y/o no mantener el nivel de empleo.

Plazo de presentación: Convocatoria abierta hasta 2.020, hasta agotar presupuestos.

 

2ª Subvención «Concilia».

Subvención para padres/madres desempleados, con hijos menores de 3 años, que a consecuencia de acceder al trabajo, tengan que inscribirlos en centros de educación Infantil debidamente acreditados por la Consejería de Educación.

Beneficiarios: Desempleados, con antigüedad mínima de 1 mes. Inscritos en el Servicio Canario de Empleo, en el programa «concilia».

Requisitos: Ser contratados indefinidos o temporales mínimo 3 meses, y jornada como mínimo del 40% de la jornada habitual.

Cuantía: Importe desembolsado en el centro infantil.

Causas de reintegro: Baja en Seguridad Social.

Plazo de presentación: Hasta que el niño se escolarice en ciclo de enseñanza infantil.

Puede descargar aquí el Boletín Oficial de Canarias:

1ª Subvención «Certifícate».

Boletín Oficial de Canarias núm. 129 – 18992

2ª Subvención «Concilia».

Boletín Oficial de Canarias núm. 129 – 19019

13 julio, 2017/por ASESCON
https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2017/07/transparencia_ayudasysubvenciones2.png 356 891 ASESCON https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2022/12/logo_web-300x126.png ASESCON2017-07-13 13:45:302017-09-02 18:36:13SUBVENCIONES DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO
Comunicados

SUBVENCIÓN PROGRAMA INNOBONOS

El siguiente extracto y enlace al archivo que le remitimos, le informa sobre la Orden que regula las ayudas para las inversiones en Innovaciones Tecnológicas. Se refiere a la Orden de 13 de junio de 2017, por la que se convocan, mediante tramitación anticipada, subvenciones en el marco del Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS), cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 para el año 2018. http://sede.gobcan.es/boc/boc-a-2017-122-3104.pdf

6 julio, 2017/por ASESCON
https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2017/07/Innobonos-600x280.png 331 709 ASESCON https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2022/12/logo_web-300x126.png ASESCON2017-07-06 20:32:552017-09-02 18:39:01SUBVENCIÓN PROGRAMA INNOBONOS
Comunicados

Subvenciones para iniciativas empresariales

Le informamos de una nueva convocatoria de subvenciones para la puesta en marcha de iniciativas empresariales, prioritariamente empresas de carácter industrial.

  • Uno de los requisitos es invertir al menos 4.200 euros y crear 3 puestos de trabajo.
  • Las actividades económicas a desarrollar por las iniciativas empresariales deberán estar incluidas, todas ellas, en cualquiera de las siguientes categorías:
  1. a) Todas las actividades económicas recogidas en el listado de Tarifas del Impuesto sobre actividades económicas, en:
  • La Sección 2ª (actividades profesionales).
  • La Sección 1ª (actividades empresariales) en las divisiones: 3 (Industria transformadora de metales y mecánica de precisión), 4 (Otras industrias manufactureras), 6 (Comercio, restauración, hospedaje y reparación), 7 (Transporte y comunicaciones) y 9 (Otros servicios).
  • La Sección 1ª (actividades empresariales) en la división: 8 (Instituciones financieras, seguros, servicios a empresas y alquileres), todas excepto las recogidas en las agrupaciones 81 (Instituciones financieras) y 82 (Seguros).
  • La Sección 1ª (actividades empresariales en la división: 2 (Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados), exclusivamente las recogidas en las agrupaciones 23 (Extracción de otros minerales no metálicos ni energéticos: turberas) y 24 (Industria de productos de minerales no metálicos), salvo los grupos 246 (industria del vidrio) y 247 (fabricación de productos cerámicos)
  • El plazo de presentación es hasta el 29 de mayo de 2.017
  • Para más información puede pinchar en el siguiente enlace.

https://sede.tenerife.es/sede/de/tramites-y-servicios/item/1520-subvencion-destinada-a-la-puesta-en-marcha-de-iniciativas-empresariales-2017.

Si está interesado contacte con nosotros.

6 mayo, 2017/por ASESCON
https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2017/05/subvenciones.jpg 574 1553 ASESCON https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2022/12/logo_web-300x126.png ASESCON2017-05-06 09:58:542017-05-06 09:58:54Subvenciones para iniciativas empresariales
Comunicados

SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN DE EMPLEADOS

La fundación FIFEDE hace una nueva convocatoria para subvención a la contratación de empleados.

SÉPTIMA CONVOCATORIA PARA LA OTORGACIÓN DE SUBVENCIÓN DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN EN EL MARCO DEL PLAN DE ACCIÓN POR EL EMPLEO DE TENERIFE

Destinadas a financiar parte de los costes salariales y cuota empresarial a la Seguridad Social durante un máximo de 4 meses y se otorgan hasta un máximo de 4.000 € en contratos indefinidos y hasta 2.800 € en contratos temporales

REQUISITOS:

  • Trabajador estar en situación de Desempleo ( No hay límite de Inscripción).
  • Se subvencionan contratos celebrados a partir del día 01/01/2017.
  • Estar al corriente en las Obligaciones Tributarias y de Seguridad Social.
  • El trabajador no puede tener relación con la Empresa en los 3 meses anteriores a la celebración del contrato.
  • Se subvencionan los contratos Indefinidos y los de Duración Determinada, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial ( mínimo 20 horas semanales).
  • La Empresa tiene que mantener tanto al trabajador subvencionado como el nivel de plantilla durante 12 meses.

PLAZOS Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

  • Las solicitudes tendrán que presentarse hasta el día 7 de abril de 2017, en el Registro de FIFEDE sita en Calle Zurbarán 30, esquina Islas Canarias, Santa Cruz de Tenerife en horario de Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00

Si usted está interesado o interesada, no dude en contactar con nuestro departamento laboral.

24 marzo, 2017/por ASESCON
https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2017/03/imagen-web-630x315.jpg 315 630 ASESCON https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2022/12/logo_web-300x126.png ASESCON2017-03-24 16:00:452017-03-25 21:08:36SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN DE EMPLEADOS
Comunicados

Desde ASESCON…..

19 diciembre, 2016/por ASESCON
https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2016/12/Sobre2016.jpg 1300 1300 ASESCON https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2022/12/logo_web-300x126.png ASESCON2016-12-19 12:56:392016-12-19 12:56:39Desde ASESCON…..
Comunicados

AYUDA MICROCREDITOS SIN INTERESES SOLO PARA MUJERES EMPRESARIAS

En esta ocasión le comunicamos información que sólo será válida para las mujeres empresarias que cumplan con los requisitos del apartado 4 de la orden publicada.

En la misma se rigen las bases para otorgar microcréditos SIN INTERESES a mujeres emprendedora por una cuantía mínima de 600 euros y máxima de 2.500 euros.

Si está interesada contacte con nosotros.

Más información aquí: http://www.bopsantacruzdetenerife.org/2016/11/139/

23 noviembre, 2016/por ASESCON
https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2016/11/como_hacer_de_las_deudas_un_aliado.jpg 444 900 ASESCON https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2022/12/logo_web-300x126.png ASESCON2016-11-23 21:22:372016-11-23 21:23:50AYUDA MICROCREDITOS SIN INTERESES SOLO PARA MUJERES EMPRESARIAS
Comunicados

SI TIENE BIENES EN EL EXTRANJERO, ESTA NOTICIA ES IMPORTANTE PARA USTED.

En 2017 está prevista la entrada en vigor del intercambio de información fiscal y financiera entre determinados países.

Esto, conjuntamente con el ya vigente modelo 720 de “ Declaración Informativa. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero”, implica que la Agencia  Estatal está ejerciendo un control más férreo sobre los sujetos pasivos que disponen de dichos bienes fuera de España.

Por tal motivo le recordamos la importancia de que le comunique a nuestro departamento fiscal si se encuentra usted en esta situación para poderle ofrecer nuestro mejor asesoramiento.

Para mayor información pinche en  el siguiente enlace:

  • Acuerdo multilateral sobre intercambio automático de información de cuentas financieras
17 septiembre, 2016/por ASESCON
https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2016/09/bienes.png 250 400 ASESCON https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2022/12/logo_web-300x126.png ASESCON2016-09-17 21:27:392016-09-17 21:44:00SI TIENE BIENES EN EL EXTRANJERO, ESTA NOTICIA ES IMPORTANTE PARA USTED.
Comunicados

SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN

Nueva convocatoria de subvenciones a la contratación por la Fundación FIFEDE.

SEXTA CONVOCATORIA PARA LA OTORGACIÓN DE SUBVENCIÓN DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN EN EL MARCO DEL PLAN DE ACCIÓN POR EL EMPLEO DE TENERIFE

Destinadas a financiar parte de los costes salariales y cuota empresarial a la Seguridad Social durante un máximo de 4 meses y se otorgan hasta un máximo de 4.000 € en contratos indefinidos y hasta 2.800 € en contratos temporales

REQUISITOS:

  • Trabajador estar en situación de Desempleo ( No hay límite de Inscripción).
  • Se subvencionan contratos celebrados a partir del día 01/01/2016.
  • Estar al corriente en las Obligaciones Tributarias y de Seguridad Social.
  • El trabajador no puede tener relación con la Empresa en los 3 meses anteriores a la celebración del contrato.
  • Se subvencionan los contratos Indefinidos y los de Duración Determinada, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial ( mínimo 20 horas semanales).
  • La Empresa tiene que mantener tanto al trabajador subvencionado como el nivel de plantilla durante 12 meses.

PLAZOS Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

  • Las solicitudes tendrán que presentarse hasta el día 15 de Septiembre de 2016, en el Registro de FIFEDE sita en Calle Granados, 8 Santa Cruz de Tenerife en horario de Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00

Si usted está interesado o interesada, no dude en contactar con nuestro departamento laboral.

17 agosto, 2016/por ASESCON
https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2016/08/plazo-contratacion-tarifa-plana.jpg 334 500 ASESCON https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2022/12/logo_web-300x126.png ASESCON2016-08-17 13:08:572016-08-17 13:08:57SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN
Comunicados

Devolución de la declaración de la Renta 2015

Con el fin dela campaña de rentas, muchos nos empezamos a preguntar en qué estado está nuestra declaración. A continuación le enviamos un artículo que nos muestra como podemos saberlo.

¿Cómo conocer en qué punto está su devolución de la declaración de la Renta 2015?

Si ha confeccionado ya su declaración de la Renta 2015 y le ha salido a devolver, es posible que quiera conocer en qué estado se encuentra.

¿Cuáles son los pasos que hay que dar?

En primer lugar, debe entrar en la página web de la Agencia Tributaria, en el apartado ‘Consulta devolución‘. Para acceder, debe identificarse de una de estas tres maneras: mediante el certificado digital o DNI electrónico, con la Con Cl@ve PIN o mediante el NIF, primer apellido y la referencia del borrador/declaración del ejercicio 2015 (que consta de 6 caracteres).

De acuerdo con la situación la que se encuentra su expediente en el apartado «Estado de Tramitación» pueden aparecer diferentes mensajes: «Su declaración se está tramitando», «Su declaración está siendo comprobada», «Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted», etc. Y, cuando la Agencia Tributaria realiza las comprobaciones correspondientes y la declaración sea correcta, aparecerá el mensaje indicando cuándo será la fecha aproximada en la que se realizará la devolución.

El retraso en la devolución depende muchas veces de la complejidad de cada declaración de la Renta y de si existen desajustes entre lo declarado y la inspección tributaria.

La Agencia Tributaria, precisamente, recomienda acceder al expediente para su comprobación, ya que el sistema llamado «Verifica» permite agilizar las devoluciones pendientes.

¿Para qué sirve la herramienta ‘Verifica’?

A algunos contribuyentes que cumplan ciertos requisitos les aparecerá un mensaje en pantalla en el que se les informará de la posibilidad de agilizar la comprobación y posterior devolución. ¿Cómo se realizará? Con certificado, Cl@ve PIN o con la referencia del borrador/declaración o datos fiscales del año 2015, pero si el contribuyente desea continuar y acceder a «VERIFICA (Autocorrección de declaraciones)», deberá estar dado de alta en el sistema Cl@ve PIN o disponer de certificado electrónico.

Una vez dentro de «Verifica», se mostrará una pantalla en la cual la Agencia Tributaria informa al contribuyente de la existencia de incidencias en su declaración y de una posible minoración de su devolución, asegura la Agencia Tributaria. Este procedimiento se puede interrumpir, pero si se concluye, aparecerá una notificación con la propuesta de la liquidación.

¿Existe un plazo máximo para realizar la devolución?

Sí, lo hay. La Administración dispone de un plazo de seis meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar, si procede, la liquidación provisional, que confirme o rectifique el importe de la devolución solicitada por el contribuyente.

Si la Agencia Tributara no hubiera realizado la devolución en un plazo de seis meses, ésta «procederá a devolver de oficio el exceso de pagos a cuenta sobre la cuota autoliquidada, sin perjuicio de la práctica de liquidaciones provisionales o definitivas ulteriores que pudieran resultar procedentes». Además, transcurrido el plazo de seis meses sin que se haya ordenado el pago de la devolución por causa imputable a la Administración, «se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora tributario desde el día siguiente al de la finalización de dicho plazo y hasta la fecha de ordenación del pago, sin necesidad de que el contribuyente lo solicite».

7 julio, 2016/por ASESCON
https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2016/07/Verifica-declaracion-de-la-renta.png 259 481 ASESCON https://www.asescon.es/wp-content/uploads/2022/12/logo_web-300x126.png ASESCON2016-07-07 19:30:312016-07-07 19:32:36Devolución de la declaración de la Renta 2015
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