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PorASESCON

NUEVA COTIZACION DE AUTONOMOS 2023

Con la aprobación del RD 13/2022 a partir del 01-01-2023, se inicia el nuevo sistema de cotización para los autónomos, basado en la cotización por rendimientos netos.

Durante el año se procederá a modificar las bases de cotización según la previsión de rendimientos en 4 ocasiones. (30/04/23)-(31/08/23)-(31/10/23) y (31/12/23).

Ya se ha procedido a realizar la primera comunicación, con lo cual, el próximo 31/05/2023, se cargará en cuenta el primer recibo de autónomo acorde a la estimación de rendimientos netos calculada por nuestros asesores fiscales.

De estas comunicacion han surgido 4 diferencias en cuotas:

1ª El importe del recibo autónomo es inferior (20-30 euros menos).

2ª El importe del recibo se mantiene igual.

3ª El importe de recibo se incrementa (20-30 euros más).

4ª El importe del recibo se incrementa en exceso (más de 50 euros).

En este caso desde Asescon Laboral llamaremos personalmente a todos aquellos clientes a los que se le incrementa en exceso su cuota para informarles del importe de la misma.

Para el resto de clientes, estamos a su disposición, si quieren conocer exactamente el importe que se le cargará en cuenta. Teniendo presente que la mayoría de los clientes se han quedado con la misma cuota o con un importe inferior a 30 euros.

Para cualquier, contactar con el departamento laboral.

PorASESCON

IRPF EN LAS NOMINAS DE TRABAJADORES

Una de las medidas establecidas por el Gobierno es la de reducir la retención practicada a las rentas de trabajo a partir de la nómina de Febrero.

Dicha medida implica en la nómina de este mes y las siguientes una rebaja de entre 2 puntos y 3 aproximadamente en la mayoría de rentas que están en tramos entre 15.000 y 21.000 euros brutos anuales y menos rebaja para las rentas hasta 35.000 euros aproximadamente.

Por ello, en las nóminas de este mes verán incrementados sus netos, lo que NO implica un mayor coste salarial para la empresa, puesto que la retención dejada de prácticas en la nómina al trabajador, supone un menor ingreso por parte de la empresa en el modelo trimestral de retenciones a cuenta (modelo 111).

Esto no afecta a todos los trabajadores por igual y todos aquellos trabajadores que voluntariamente hayan decidido mantener un porcentaje de retención superior, se les mantendrá dicha retención según lo solicitado.