Subvenciones para la renovación de la imagen de los rótulos en los establecimientos industriales

Subvenciones para la renovación de la imagen de los rótulos en los establecimientos industriales

Subvención destinada a sufragar los gastos derivados de la instalación, renovación y/o sustitución de los rótulos y/o carteles y/o letreros identificativos de los establecimientos industriales de autónomos, empresas y otras entidades del ámbito industrial, así como el diseño de la imagen corporativa comercial de los establecimientos industriales.

BENEFICIARIOS: empresas industriales de Tenerife, que realicen alguna de las actividades comprendidas en los IAE considerados en la convocatoria. Entre ellos se encuentran algunos de los siguientes IAE siempre y cuando cumpla con todos los requisitos:

-Grupo 691 reparaciones de artículos eléctricos para el hogar. Vehículos automóviles y otros bienes de consumo.

-Grupo 692 reparación de maquinaria industrial.

-Grupo 699 otras reparaciones n.c.o.p.

-Epígrafe 5048 Montajes metálicos e instalaciones Industriales.

-Epígrafe 5055 Carpintería y cerrajería.

-Epígrafe 476.1 Edición de libros.

-Grupo 419. Industrias del pan, bollería, pastelería y galletas.

Entre otros muchos epígrafes industriales (adjuntamos enlace donde pueden ver el resto de los IAE incluidos y excluidos)

Fecha de presentación: hasta el viernes 18 de octubre 2024.

El procedimiento de concesión de subvenciones será el de concurrencia competitiva con abono anticipado a la justificación.

El plazo de justificación de la subvención será desde que se dicte la Resolución de concesión y se realicen los gastos, hasta el 30 de agosto de 2025.

REQUISITOS:

  • Tener su ubicación, así como su domicilio fiscal y social en la isla de Tenerife. Para el caso de solicitantes personas físicas, ser residente en Tenerife.
  • Estar al corriente en las Administraciones.
  • Comunicación previa de instalación/inicio de actividad clasificada en el Ayuntamiento correspondiente (Licencia de apertura).
  • INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INTEGRADO INDUSTRIAL (RII).
  • Certificado de instalación firmado por el técnico competente. Respecto a gastos que conlleven una instalación.
  • Certificado de eficiencia energética firmado por el técnico competente. Respecto a todos los gastos de sostenibilidad y eficiencia energética.

IMPORTE DE LA SUBVECIÓN: será el 100% de los gastos subvencionables, con un máximo de 10.000 € euros, de los cuales:

  • Un importe máximo de 6.500 € correspondientes a los gastos inherentes al diseño, fabricación e instalación del cartel/rótulo/tótem.
  • Un importe máximo de 1.500 € relativos a los gastos de honorarios profesionales y tasas).
  • Un importe máximo de 2.000 € relativo a los gastos de creación y/o diseño de la marca/imagen corporativa.

GASTOS SUBVENCIONABLES: El periodo computable de los gastos será desde la fecha de la Resolución de la concesión, hasta el 30 de junio del 2025.

1. Los gastos inherentes al diseño, fabricación e instalación del cartel/rótulo/tótem

identificativo del establecimiento industrial, costes de adquisición y los derivados de su instalación. (Importe máximo de 6.500 €).

Cuando el cartel/rótulo/tótem/letrero identificativo contenga elementos de iluminación, para que pueda ser subvencionable, las luces que incorpore, por motivos de eficiencia energética y sostenibilidad, deberán ser tipo LED.

2. Los gastos correspondientes a los honorarios profesionales referentes a:

– La gestión de documentación técnica (croquis, planos acotados de fachada), para solicitud de autorización municipal para instalación del cartel/rótulo/tótem.

– Elaboración del Proyecto Técnico requerido para las instalaciones de rótulos que se rijan conforme el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, en el apéndice “Mínimos, técnicos y humanos, requeridos para los instaladores autorizados en baja tensión”, concretamente según se establece en las ITC-BT-04, si procede.

3. Gastos pertinentes a las tasas de la licencia o autorización municipal para la instalación de los rótulos/carteles identificativos. (Importe máximo de 1.500€ para los puntos 2 y 3 conjuntamente).

4. Gastos creación y/o diseño de la marca/imagen corporativa. (Importe máximo de 2.000€).

Quedan excluidos los siguientes gastos:

– Impuestos.

-Actuaciones de publicidad y marketing distintas de la colocación/instalación de los rótulos/carteles identificativos (planes de comunicación, creación y llevanza de redes sociales y páginas web, Community Manager, material publicitario o gastos de impresión de material promocional (flyer, tarjetas), rotulación de vehículos).

– Actuaciones relacionadas con la renovación y cambio de la imagen de la empresa u entidad, distintas de la colocación/instalación de los rótulos/carteles identificativos objeto de la presente subvención.

Descargar aquí el archivo PDF de IAE incluidos y excluidos