Subvenciones para la mejora de la competitividad, la sostenibilidad, la creación y el crecimiento empresarial de Canarias.
Las subvenciones para proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias están dirigidas a promover la creación y el crecimiento empresarial en el archipiélago. Se ofrecen dos líneas de apoyo, con inversiones que van desde 5.000 a 300.000 euros, dependiendo de la ubicación y del tipo de proyecto. Los beneficiarios son personas físicas y jurídicas con establecimientos permanentes en las islas. Entre los requisitos se incluye la obligación de mantener empleados y cumplir con diversas normativas. Los gastos subvencionables incluyen reformas, adquisición de software y auditorías. Las ayudas se otorgan por concurrencia competitiva y el plazo de solicitud finaliza el 30 de septiembre de 2024.
La línea 1: Proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias con un mínimo de inversión de 30.000 euros y un máximo de inversión de 300.000 euros en las islas de Tenerife y Gran Canaria y de 100.000 euros en el resto de islas, con inversión realizada desde el 1 de enero de 2024 hasta el 30 de diciembre de 2024.
La línea 2: Proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias con un mínimo de inversión de 5.000 euros y un máximo de inversión de 300.000 euros en las islas de Tenerife y Gran Canaria y de 100.000 euros en el resto de islas, con inversión realizada desde el 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023.
PLAZO DE LA SOLICITUD: Hasta el 30 de septiembre de 2024.
Dicha subvención es por concurrencia competitiva, es decir, por puntos.
BENEFICIARIOS:
Pequeñas y medianas empresas, tanto personas físicas como jurídicas, que realicen estos tipos de proyecto, debiendo contar con un establecimiento permanente en Canarias:
A) La creación de una empresa entre el 01/01/2024 y el 30/12/2024.
B) Mejorar la productividad y competitividad de una empresa ya existente.
REQUISITOS:
- Salvo en los proyectos de empresas de nueva creación entre el 01/01/2024 y el 30/12/2024, las empresas deberán contar con uno o más empleados por cuenta ajena en el momento de presentar la subvención.
- Estar al corriente en las administraciones.
- Mantener la actividad durante 12 meses tras la concesión en caso de creación de empleo por cuenta ajena.
- Los pagos de las facturas solo se admitirán por movimientos bancarios (no se admite el pago en efectivo).
- Mantener los bienes inventariables por un plazo de 3 años.
- Tener una actividad de industria, construcción, turismo, comercio, transportes y servicios en general.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
- LÍNEA 1 inversión mínima 30.000,00 euros entre el 01/01/2021 hasta el 30/12/2024 y que no hayan finalizado íntegramente el proyecto a fecha 06/09/2024.
- LÍNEA 2 inversión mínima 5.000,00 euros entre el 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023 y que hayan sido efectivamente realizados y pagados entre el 01/01/2023 y el 31/12/2023.
- No se subvencionarán las inversiones de sustitución o reposición.
- Gastos de constitución y primer establecimiento (para la modalidad de proyecto A) Creación de empresas). (máximo 6.000,00 euros).
- Inversiones inmateriales: adquisición de software en propiedad.
- Colaboraciones externas: gastos relativos a la implantación y certificación de normas de calidad.
- Se puede subvencionar el coste de la auditoría (máximo 600,00 euros).
- Acondicionamiento de local, reformas para la apertura y funcionamiento del local, incluidos el diseño del establecimiento, fachadas, rótulos de establecimientos, instalaciones energéticas, eléctricas, de agua y aire. (límite 18.000,00 euros y un mínimo de 50,00 euros por factura).
IMPORTE LÍNEA 1:
- Solicitante General: 1.000,00 euros.
- Incremento por apertura de local a pie de calle: 6.000,00 euros.
- Incremento por solicitante, o si los socios integrantes suponen al menos el 50% del capital, con grado de discapacidad igual o superior al 33%: 1.000,00 euros.
- Incremento para solicitantes mujeres o que supongan al menos el 50% del capital: 1.000,00 euros.
- Incremento por creación de empleo por cuenta ajena: 400,00 euros por cada contrato a tiempo completo (máximo 5 contratos). En caso de tiempo parcial será la parte proporcional.
IMPORTE LÍNEA 2:
- Cálculo del porcentaje del 30% sobre los costes subvencionables.
- Si es una pequeña empresa, se incrementará un 20%.
- Si es una mediana empresa, se incrementará un 10%.
- Si la empresa crea empleo, se incrementará un 2,5% por cada puesto de trabajo creado a jornada completa, con un máximo de 10%. En caso de jornada parcial se hará el cómputo de forma proporcional a dicha jornada.
- Si tiene discapacidad acreditada de al menos el 33% la persona o empresa solicitante, las personas representantes, las personas socias y/o las personas empleadas por cuenta ajena, se incrementará un 7%.
- Si la actividad para la que se solicita subvención se trata de una economía circular o sostenible se incrementará un 6%.
- Si el proyecto se realiza en zona prioritaria (La Palma, La Gomera, El Hierro, Lanzarote, Fuerteventura y La Graciosa), se incrementará un 5%.
- Si la persona o empresa solicitante es mujer (autónoma) y, en caso de persona jurídica, que el cincuenta por ciento o más del capital social esté en manos de mujeres y/o la persona representante sea una mujer, se incrementará un 1%.
- Si se acredita estar inscrito en la Enterprise Europe Network (EEN), se incrementará un 1%.
La cuantía de la subvención concedida por persona o empresa beneficiaria y convocatoria no superará en ningún caso 60.000 euros.
NO SON SUBVENCIONABLES:
- Los elementos de transporte exterior, de decoración, TV, teléfonos, cámaras de vigilancia y alarma, derechos de marca, canon, franquicias, asesorías fiscal o laboral, mantenimiento, limpieza, bienes adquiridos por arrendamiento financiero, licencias de apertura o permisos, intereses, sanciones, bienes de segunda mano, e impuestos.