Subvenciones destinadas a la financiación de proyectos que favorezcan el emprendimiento y el empleo colectivo, así como la fijación de población, con especial atención a la transformación productiva y al avance hacia una economía verde y digital.

El objeto de esta subvención es el mantenimiento del autoempleo de las personas trabajadoras autónomas sin asalariados y el mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas por microempresas y por personas trabajadoras autónomas, así como el de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo, para facilitar la transición productiva de su actividad hacia la economía verde y la economía digital.


Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entidad, pública o privada, siempre que quede identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos. Incompatible con la recepción de otros fondos comunitarios para la ejecución de los mismos proyectos de inversión.


BENEFICIARIOS:
• Autónomos sin trabajadores por cuenta ajena que tengan domicilio fiscal en Canarias y un Volumen negocio inferior 2 millones de euros.
• Microempresas, Cooperativas y Sociedades Laborales: que desarrollen su actividad en Canarias con un centro de trabajo mínimo, que tengan 9 trabajadores asalariados o menos y un Volumen negocio inferior a 2 millones de euros.


CUANTÍA: la cuantía de la subvención es de 4.543,00 € (hasta un máx. de 5.000,00 €) por cada persona autónoma, microempresa o empresa de emprendimiento colectivo solicitante.


REQUISITOS:
• Sujeto a minimis (importe máximo durante tres ejercicios fiscales 200.000 general y 100.000
 empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera)
• Asistir a un taller o píldora formativa, de entre las facilitadas por el Centro de Orientación,
 Emprendimiento e Innovación para el Empleo del SCE sobre Economía Verde o Transformación Digital.
Estos talleres o píldoras formativas se ofertarán en formato virtual
• Mantener en el empleo durante 4 MESES el mismo número de trabajadores con contrato indefinido
y/o temporal con que contaba la empresa o entidad en el momento de solicitar la subvención, o los
socios-trabajadores o de trabajo que estuvieran en alta, en su caso, en los centros de trabajo
ubicados en Canarias (a contar desde el día de la solicitud de la subvención).
• REQUIERE ACEPTACIÓN EXPRESA DE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL – PLAZO 10 DÍAS


PLAZO DE LA SOLICITUD: DESDE EL 26/05/2023 AL 09/06/2023

Con la aprobación del RD 13/2022 a partir del 01-01-2023, se inicia el nuevo sistema de cotización para los autónomos, basado en la cotización por rendimientos netos.

Durante el año se procederá a modificar las bases de cotización según la previsión de rendimientos en 4 ocasiones. (30/04/23)-(31/08/23)-(31/10/23) y (31/12/23).

Ya se ha procedido a realizar la primera comunicación, con lo cual, el próximo 31/05/2023, se cargará en cuenta el primer recibo de autónomo acorde a la estimación de rendimientos netos calculada por nuestros asesores fiscales.

De estas comunicaciones han surgido 4 diferencias en cuotas:

1ª El importe del recibo autónomo es inferior (20-30 euros menos).

2ª El importe del recibo se mantiene igual.

3ª El importe de recibo se incrementa (20-30 euros más).

4ª El importe del recibo se incrementa en exceso (más de 50 euros).

En este caso desde Asescon Laboral llamaremos personalmente a todos aquellos clientes a los que se le incrementa en exceso su cuota para informarles del importe de la misma.

Para el resto de clientes, estamos a su disposición, si quieren conocer exactamente el importe que se le cargará en cuenta. Teniendo presente que la mayoría de los clientes se han quedado con la misma cuota o con un importe inferior a 30 euros.

Para cualquier, contactar con el departamento laboral.