Archivo... marzo 2018

PorASESCON

Segunda convocatoria de subvenciones Estímulos para el Empleo FIEFEDE

Le damos traslado de una nueva convocatoria de subvención de FIEFEDE. Si cree que cumple los requisitos y está interesado/a póngase en contacto con nuestro departamento laboral.

¿Qué son los Estímulos para el Empleo?

-Son unas subvenciones que se concederán por concurrencia competitiva para las empresas que contraten durante un periodo mínimo de seis meses a personas desempleadas que hayan realizado una acción formativa profesionalizante no reglada en los tres últimos años.

¿Cuál es el importe de la subvención?

-El importe máximo de la subvención será de 6.000 euros por contrato.

-La subvención puede alcanzar el cien por cien del salario base mensual establecido en el convenio colectivo, con un importe máximo de 1.000 euros mensuales.

-El abono de la subvención se efectuará una vez acreditada la formalización de los contratos, así como que las personas contratadas reúnan los requisitos y se haya presentado la totalidad de la documentación justificativa.

¿Quiénes pueden solicitar la subvención?

-Autónomos/as, sociedades mercantiles, sociedades civiles y comunidades de bienes que reúnan, entre otros, los siguientes requisitos:

Desarrollen una actividad mercantil.

Estén legalmente constituidos.

Tengan capital íntegramente privado.

Tengan centros de trabajo en la Isla.

No hayan disminuido la plantilla media en el último año.

-Se excluyen expresamente, entre otras, las empresas calificadas como Empresas de Trabajo Temporal.

¿Qué contratos se podrán subvencionar?

-Se subvencionará cualquier modalidad de contratación laboral (excepto el contrato para la formación y el aprendizaje, y el fijo-discontinuo) a jornada completa, con una duración mínima de seis meses y que se hayan realizado en el periodo establecido en la convocatoria.

-Se subvencionará un máximo de cinco contratos en cada convocatoria para una misma empresa o grupo de empresas vinculadas.

-Sólo serán subvencionables los contratos formalizados con personas que vayan a desarrollar su actividad laboral en centros de trabajo de la empresa beneficiaria ubicados en la isla de Tenerife y que desempeñen tareas relacionadas con la formación profesionalizante recibida y necesarias para la actividad en la que la empresa se encuentre de Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

¿Durante qué periodo se subvencionarán los contratos?

-Los contratos subvencionables serán aquellos que se formalicen en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y los quince días naturales siguientes a la publicación de la resolución de concesión de la convocatoria.

¿Hasta cuándo se puede presentar la solicitud?

-El plazo para presentar la solicitud concluye a las 14 horas del viernes 6 de abril de 2018.

¿Cuáles son los requisitos de las personas a contratar?

-Demandantes de empleo inscritas en el Servicio Canario de Empleo.

-Llevar en situación de desempleo más de doce meses antes de la fecha de publicación de la convocatoria, o no haber trabajado en esos doce meses más de noventa días de forma discontinua, y haber realizado en los últimos tres años anteriores a esta fecha, una acción formativa profesionalizante, no reglada, con una duración mínima de 100 horas e impartida por una entidad que desarrolle acciones en el ámbito de la inserción laboral.

-El contenido de la acción formativa debe estar relacionado con las funciones y tareas a desempeñar en el puesto de trabajo.