SUBVENCIÓN DE GOBIERNO DE CANARIAS A EMPRESAS QUE MEJOREN LAS CONDICIONES DESPUÉS DEL ERTE

PorASESCON

SUBVENCIÓN DE GOBIERNO DE CANARIAS A EMPRESAS QUE MEJOREN LAS CONDICIONES DESPUÉS DEL ERTE

Podrán solicitar esta subvención todas aquellas empresas o autónomos que después de un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor, mejoren las condiciones contractuales de las personas trabajadoras afectadas.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

1.- Se establecen las siguientes cuantías de subvención, en función del tipo de mejora contractual que se concierte con el trabajador una vez superado en ERTE.

-Por conversión de contratos temporales de jornada parcial, a jornada completa: 2500 €
-Por conversión de contratos indefinidos de jornada parcial, a jornada completa: 3500 €
-Por conversión de contratos temporales de jornada parcial o completa, a indefinido a jornada parcial: 4.000 €
-Por conversión de contratos temporales de jornada parcial o completa, a indefinidos a jornada completa: 4.500 €

REQUISITOS

La empresa debe estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal, Hacienda Autonómica Canaria y Seguridad Social.

1.- En el caso de contratos indefinidos mantener el trabajador subvencionado al menos 12 meses, a partir de que se produjo la mejora contractual.

2.- En el caso de contratos temporales mantener el trabajador subvencionado al menos 6 meses, a partir de que se produjo la mejora contractual.

En los casos que el contrato de extinga por baja voluntaria, despido procedente o finalización del contrato de la trabajadora, la cuantía de la subvención se verá proporcionalmente disminuida.
Y en el caso que se produzca un despido improcedente la empresa estará obligada al reintegro de la totalidad de la subvención.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

1.-En los supuestos que la incorporación del trabajador a la empresa y la mejora contractual se hubiera producido tras la pérdida de vigencia de un ERTE y dicha pérdida de vigencia se hubiera producido con anterioridad a la publicación el el BOC de la presente convocatoria: El plazo de solicitudes será de 2 meses, a contar desde la fecha de publicación de la presente Convocatoria en el BOC.

2.- En los supuestos que la incorporación del trabajador a la empresa y la mejora contractual se hubiera producido tras la pérdida de vigencia de un ERTE, y dicha pérdida de vigencia se hubiera producido con posterioridad a la publicación de la presente Convocatoria en el BOC: el plazo de presentación de solicitudes será de 2 meses, a contar desde dicha reincorporación.

Acerca del autor

ASESCON administrator

Somos una oficina de Gestoría y Asesoría de Empresas con Sede Principal en San Isidro de Abona, y Sucursal en Las Galletas (Arona). Con una sólida posición y experiencia desde 1992 con esfuerzo y dedicación de nuestro equipo de profesionales. El reconocimiento de nuestros clientes, de los que recibimos constantes muestras de fidelidad y confianza son el motor que nos mueve, por lo que sabemos que ello sólo es posible gracias a un trato muy personal e individual, a las ventajas de un eficaz modelo de trabajo, y a la dedicación, perfeccionamiento y competencia técnica de cada uno de nuestros trabajadores, un equipo especializado en los diferentes trámites fiscales, laborales, jurídicos y mercantiles. La dedicación y la competencia de nuestro equipo de profesionales, entre ellos economistas, abogados, gestores administrativos, licenciados en ciencias del trabajo, graduados sociales, diplomados en relaciones laborales y contables, con demostrada experiencia en el campo fiscal, contable, mercantil, laboral y jurídico, garantizan un trabajo eficaz y responsable. En Asescon Gestión Integral permanecemos día a día atentos a la evolución del sistema para adaptarnos en todo momento a los cambios y a las nuevas orientaciones; sólo así podemos ofrecer a nuestros clientes un servicio de gestión integral que dé respuesta precisa y eficaz a todas sus necesidades.