Reglamento VERIFACTU: Lo que deben saber las empresas y autónomos antes de 2026

El nuevo Reglamento VERIFACTU marcará un antes y un después en la forma en que las empresas y autónomos gestionan su facturación. Con el objetivo de garantizar la veracidad, trazabilidad y transparencia de las facturas emitidas, la Agencia Tributaria implementará un sistema que transformará la relación entre contribuyentes y Hacienda.

Aunque su aplicación será voluntaria, su adopción se perfila como una ventaja competitiva para quienes deseen digitalizar su gestión contable, reducir requerimientos fiscales y prepararse para la futura factura electrónica obligatoria. A continuación, te explicamos todos los detalles esenciales del Reglamento VERIFACTU.

¿Qué es el Reglamento VERIFACTU?

El Reglamento VERIFACTU afecta directamente a los programas (software) de facturación utilizados por empresas y autónomos. La Agencia Tributaria busca que la mayoría de ellos se acojan a este Sistema de Emisión de Facturas Verificable, con el fin de prevenir el fraude fiscal y garantizar la transparencia tributaria.

El objetivo es asegurar que los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) cumplan con los principios de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

El software podrá ser adquirido a través de proveedores privados, aunque la Administración pondrá a disposición de los contribuyentes un programa gratuito para aquellos que deseen acogerse al sistema sin coste adicional.

Calendario de implantación

  • Empresas (sociedades): a partir del 1 de enero de 2026.
  • Autónomos: a partir del 1 de julio de 2026.

Aunque supone una nueva obligación de suministro de información, la adhesión al sistema es opcional.

Cómo funciona el sistema VERIFACTU

El sistema VERIFACTU permite que el programa de facturación envíe automáticamente las facturas emitidas a la Agencia Tributaria.
Estas quedan registradas en los sistemas de Hacienda, que las devolverá al emisor incluyendo un código QR con la información de registro.

Dicho código QR forma parte del documento final definitivo que se entregará al cliente y no podrá modificarse. En caso de error, se deberá emitir una factura rectificativa, que también quedará registrada y contará con su propio código QR.

El sistema se aplicará tanto a facturas completas como a facturas simplificadas.

Alternativas al sistema VERIFACTU

Quienes decidan no acogerse al sistema podrán utilizar programas de facturación NO VERIFACTU (emisión no verificable).

Estos sistemas deberán cumplir con altos estándares de seguridad, incluyendo:

  • Hash encadenado (huella única),
  • firma electrónica, y
  • registro de eventos.

Las facturas generadas en este entorno también contendrán un código QR, aunque indicarán que no han sido enviadas a Hacienda.

Tanto el fabricante del software como el usuario deberán conservar las facturas durante cuatro años.

Sanciones y obligaciones

Las sanciones para programadores y usuarios que no cumplan las exigencias de seguridad establecidas por la Administración serán elevadas, según lo dispuesto en el artículo 201 Bis de la Ley General Tributaria.

El productor del software deberá emitir una declaración responsable certificando que el sistema cumple con:

  • el artículo 29.2.j) de la LGT,
  • el Real Decreto 1007/2023, y
  • la Orden Ministerial de desarrollo.

Esta declaración deberá constar por escrito, ser visible dentro del propio sistema y conservarse durante el período de prescripción legal.

Casos en los que no se aplica VERIFACTU

El reglamento no será aplicable a los siguientes contribuyentes:

  • Quienes facturen manualmente (talonario, Word o Excel sin macros).
  • Sujetos adscritos al Suministro Inmediato de Información (SII), de forma obligatoria o voluntaria.
  • Aquellos con domicilio fiscal en el País Vasco o Navarra.
  • Empresas o autónomos con resolución vigente de no aplicación del RRSIF (RD 1007/2023, de 5 de diciembre).
  • Arrendadores sin actividad económica, que quedan exentos.

Asimismo, los autónomos en estimación objetiva o el comercio minorista que necesiten emitir alguna factura deberían hacerlo de forma manual.

Tampoco será obligatorio emitir factura en operaciones acogidas al Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca, salvo en casos de entrega de inmuebles afectos o si tributan en IRPF por estimación directa.

VERIFACTU o NO VERIFACTU: ¿qué opción conviene más?

Aunque el envío de registros de facturación es opcional, cada empresario debe valorar la modalidad que mejor se adapte a su operativa.

No obstante, VERIFACTU ofrece ventajas significativas, entre ellas:

  • Inclusión del código “VERIFICABLE” en las facturas.
  • Posibilidad de que los clientes verifiquen el cumplimiento fiscal del emisor.
  • Reducción de requerimientos para aportar facturas a la Agencia Tributaria.
  • Acceso, conservación y descarga de facturas desde la Sede Electrónica.
  • Mejores servicios de asistencia por parte de la AEAT.
  • Preparación para la digitalización y la futura factura electrónica.

El Reglamento VERIFACTU representa un paso firme hacia la digitalización segura y transparente de la facturación en España. Aunque su aplicación sea voluntaria, adoptar este sistema desde su inicio puede suponer una ventaja competitiva en materia de cumplimiento fiscal, eficiencia administrativa y confianza con los clientes.

¿Está su empresa preparada para VERIFACTU?

El momento de adaptarse es ahora. Si desea implantar un sistema de facturación compatible con VERIFACTU, garantizar el cumplimiento normativo o conocer las mejores soluciones tecnológicas para su negocio, nuestro equipo de expertos puede ayudarle.