(Resolución de 7 de enero de 2022 de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, publicada en el BOC sábado 08 de enero de 2022)
Efectos: desde las 00.00 horas del día 10 de enero de 2022
MEDIDAS GENERALES (EXCEPTO LAS ACTIVIDADES MENCIONADAS A CONTINUACIÓN):
MEDIDAS EXCEPCIONALES DE CONTROL PARA EL ACCESO A DETERMINADOS ESTABLECIMIENTOS, INSTALACIONES O ACTIVIDADES CONSIDERADOS DE RIESGO PARA LA TRANSMISIÓN DE LA COVID-19
El acceso por parte de los clientes mayores de 12 años y 3 meses, tanto a los espacios interiores como al aire libre de los establecimientos, instalaciones o actividades de uso público que se detallan a continuación requerirá la acreditación de ausencia de infección activa de COVID-19:
La acreditación voluntaria de la ausencia de infección activa de COVID-19 se realizará a través de alguno de los medios siguientes:
En la entrada de los establecimientos, instalaciones o actividades, en una zona visible, se colocará un cartel informativo al público sobre el carácter necesario de esta documentación para el acceso al mismo, así como sobre la no conservación de los datos personales sanitarios acreditados. Será responsabilidad de cada usuario asegurar la veracidad de los datos aportados.
MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA ESTABLECIMIENTOS Y ACTIVIDADES DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN:
MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA OCIO NOCTURNO: DISCOTECAS, BARES DE COPAS Y KARAOKES
MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES COMERCIALES Y SERVICIOS PROFESIONALES AL PÚBLICO, CENTROS Y PARQUES COMERCIALES
MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES DE JUEGO Y APUESTAS
MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR TERRESTRE, URBANO Y METROPOLITANO DE VIAJEROS
MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA CENTROS RECREATIVOS DE NIÑOS Y JÓVENES, LUDOTECAS Y SIMILARES
MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA ACADEMIAS, AUTOESCUELAS, CENTROS DE ENSEÑANZA NO REGLADA Y CENTROS DE FORMACIÓN
MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA CAMPAMENTOS INFANTILES Y JUVENILES
MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA ATRACCIONES DE FERIA
MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO CONSIDERADOS EVENTO MULTITUDINARIO
RECORDATORIO
Aquellas empresas que no estén obligadas a requerir el Certificado COVID-19 y que voluntariamente opten por requerir a los usuarios-clientes mayores de 12 años y 3 meses la acreditación voluntaria de ausencia de infección activa de COVID-19, le serán de aplicación las limitaciones de aforos, número de personas por grupo y horarios de cierre vigentes en el nivel de alerta inmediatamente inferior al existente.
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