NUEVA NORMATIVA SOBRE ENVASES MONODOSIS DE PLÁSTICO EN HOSTELERÍA
Hemos revisado la nueva normativa, y con el fin de mantenerles informados, les trasladamos un resumen de los principales aspectos de la nueva regulación sobre envases que afecta al sector de la hostelería, especialmente diseñado para nuestros clientes.
Información para establecimientos de hostelería
Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases
1. La Unión Europea ha aprobado una nueva regulación sobre envases y residuos de envases con el objetivo de reducir la cantidad de residuos generados, especialmente los procedentes de plásticos de un solo uso.
El propósito principal es avanzar hacia un modelo de economía circular que reduzca el consumo de materiales desechables y fomente la reutilización. Esta normativa afecta especialmente al sector de la hostelería debido al uso habitual de pequeños envases individuales o monodosis.
2. Se establece la reducción progresiva del uso de determinados envases de plástico de un solo uso utilizados para el consumo dentro del establecimiento. Afecta principalmente a formatos como:
- Sobres individuales de azúcar y monodosis de edulcorantes.
- Pequeñas porciones de mantequilla, mermelada o miel.
- Sobres de kétchup, mayonesa y otras salsas.
- Pequeños envases de aceite y vinagre.
La norma no prohíbe los alimentos, sino los formatos de envase de un solo uso utilizados para servirlos.
Quedan excluidos de esta medida los servicios de comida a domicilio y los centros sociosanitarios.
3. Los establecimientos deberán sustituir los formatos de un solo uso por opciones más sostenibles, tales como:
- Dispensadores rellenables o recipientes reutilizables para aceite, vinagre, salsas, azúcar o edulcorantes, siempre que cumplan las condiciones de higiene y seguridad alimentaria.
- Sistemas de recarga, cada vez más implantados en hoteles, restaurantes y colectividades.
- Sobres de papel, cuando sean compatibles con la normativa aplicable.
4. Fechas importantes
- 22 de enero de 2025: Publicación del Reglamento en el Diario Oficial de la Unión Europea.
- 11 de febrero de 2025: Entrada en vigor del Reglamento.
- 12 de agosto de 2026: Inicio de la aplicación general de la norma.
- 2026-2030: Periodo de adaptación progresiva para empresas y establecimientos.
- 2030: Aplicación de prohibiciones específicas para determinados envases de un solo uso.
5. Se recomienda iniciar las siguientes actuaciones:
- Revisar los productos actuales: inventariar las monodosis utilizadas y los proveedores actuales.
- Consultar alternativas: contactar con los proveedores para conocer los nuevos formatos permitidos y los sistemas reutilizables.
- Preparar la adaptación: valorar el espacio disponible, la limpieza, el mantenimiento, la formación del personal y la información que se facilitará al cliente.
6. Es importante tener en cuenta lo aquí indicado, ya que, además del cumplimiento normativo, esta transición permitirá reducir los residuos y el consumo de plástico, mejorará la imagen ambiental del establecimiento y responderá a las nuevas demandas de sostenibilidad de los consumidores.
7. La nueva normativa implica un cambio en la forma de ofrecer determinados productos, no su eliminación. Una planificación anticipada resultará fundamental para realizar la transición de forma ordenada y evitar problemas de suministro.
Resumen final
Antes: uso habitual de sobres y pequeños envases individuales de plástico de un solo uso.
Ahora: periodo de adaptación hacia sistemas reutilizables y reducción progresiva del uso de envases de un solo uso.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional.
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DEPARTAMENTO JURÍDICO



