«OBLIGACIÓN DEL SECTOR DE LA HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN DE OFRECER SIEMPRE A LOS CONSUMIDORES, O CLIENTES, LA POSIBILIDAD DE CONSUMO DE AGUA NO ENVASADA DE MANERA GRATUITA, Y COMPLEMENTARIA A LA OFERTA DEL MISMO ESTABLECIMIENTO, SEGUN EL ARTICULO 18.3 DE LA CITADA LEY «

«Esta ley fue aprobada el pasado viernes día 8 de abril, y se publicó en el BOE el 9 de abril, fecha a partir de la cual es de obligado cumplimiento».  

Como siempre, seguimos informando de todas aquellas medidas o normas, que nos puedan afectar, en cualquiera de los sentidos.

Para cualquier duda, no deje de contactar con nosotros.