La siguiente información de la Agencia Tributaria puede ser de su interés. Lea atentamente…
Plan de Control e Inspección Tributario 2015
La Agencia Tributaria reforzará este año sus actuaciones de control con el objetivo de aflorar una actividad no declarada que genera competencia desleal, perjudicando a las empresas y particulares que sí cumplen correctamente con sus obligaciones tributarias.
Estas actuaciones, junto a una intensificación de aquellas a realizar sobre la economía sumergida en colaboración con la Inspección de Trabajo, la captación en internet de información tributaria relevante para las labores de control y la investigación de patrimonios en el exterior a partir de la información que ofrece la declaración de bienes y derechos en el extranjero.
Se realizarán actuaciones dirigidas al afloramiento de actividades y rentas ocultas. Entre otros colectivos, se actuará en relación con particulares que ceden total o parcialmente viviendas por internet u otras vías, así como sobre aquellas empresas que no cumplen debidamente con sus obligaciones fiscales. Todo ello, al tiempo que se seguirán reforzando las visitas presenciales para la detección de alquileres irregulares no declarados.
A su vez, la Agencia Tributaria impulsará también las actuaciones de control en aquellos casos en que aprecie la existencia de riesgos significativos de infradeclaración de la actividad.
Por otra parte, se analizará muy especialmente la posible utilización de programas informáticos (‘software de doble uso’) que alteren la facturación real, reenumeren tiques y modifiquen los precios o, simplemente, permitan suprimir una parte de la facturación.
Perjuicio para la libre competencia
Estos comportamientos se consideran especialmente graves, dado que ponen de manifiesto la voluntad expresa y deliberada de defraudar a la Hacienda Pública mediante la infradeclaración de ventas respecto de los niveles reales de facturación, además de suponer una grave alteración de las condiciones generales de competencia.
Para garantizar una mayor efectividad de la acción inspectora, se planificarán actuaciones selectivas coordinadas a nivel nacional al objeto de combatir técnicas de ocultación de la actividad. Especialmente se actuará en relación con contribuyentes que realizan ventas finales al público por las mayores dificultades de contraste que tradicionalmente han tenido estas actividades.
En 2015, la Agencia Tributaria seguirá potenciando la lucha contra la economía sumergida mediante las intervenciones presenciales con personal de auditoría informática que analizará y verificará los programas y archivos de los equipos electrónicos de los obligados tributarios.
Igualmente, se mantendrán actuaciones presenciales dirigidas a comprobar la efectividad del cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo establecida en la ley antifraude de 2012 (Ley 7/2012) y se verificará in situ la situación censal de obligados tributarios respecto de los que existan indicios de deslocalización, o de simulación de actividad, para ocultar la verdadera actividad o al verdadero titular de las rentas.
El rastreo del fraude en Internet
Paralelamente, la Agencia Tributaria hará frente a las nuevas formas de fraude que se producen en internet, tanto mediante la captación y explotación de la información pública disponible en la red que permita descubrir actividades ocultas o bienes objeto de un comercio ilícito, como a través de actuaciones de control sobre aquellos fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de internet para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas generadas en esa actividad económica.
La captación de información se realizará a través de una serie de herramientas informáticas que permitirán ordenar y sistematizar la información. Está previsto cruzar la información de más de 200.000 dominios para su posterior incorporación a las bases de datos de la Administración Tributaria. Igualmente, y al objeto de valorar, desde el punto de vista tributario, la relevancia económica de las páginas de comercio electrónico, se procederá a la captación de los indicios de éxito que ofrecen las empresas especializadas en análisis y valoración de páginas web y en redes sociales.
Fiscalidad internacional
Por otra parte, continuarán siendo objeto de especial control la utilización improcedente de empresas para reducir la tributación de personas físicas, el análisis de signos externos de riqueza, los emisores de facturas irregulares y las tramas de fraude organizado en el IVA/IGIC, ámbito donde se potenciará la detección temprana de las organizaciones y la detección de esquemas de adquisición masiva y por precios simbólicos de sociedades sobre las que recaen o van a recaer importantes contingencias fiscales, por parte de personas ilocalizables.
La Inspección Tributaria se centrara en las pequeñas empresas
Dentro del marco del Plan General de Control Tributario y Aduanero, la Agencia Tributaria ha puesto en marcha durante este año un mayor protagonismo para la vigilancia de las empresas medianas buscando bolsas de fraude en diferentes actividades. En este sentido, el director de la Agencia Tributaria, D. Santiago Menéndez, ha manifestado en diversas ocasiones que las grandes empresas ya están suficientemente controladas.
Las principales áreas de actuación preferente son las siguientes:
Contabilidad informática de medianas empresas. La Agencia Tributaria trata de indagar los sistemas informáticos en busca de una doble contabilidad, siendo los sectores más afectados los de hostelería y de construcción. En las inspecciones, los funcionarios solicitan acceso a su sistema informático para acceder a la contabilidad a través de sistemas SAP, inspeccionar potencial software de doble uso y revisar todos los documentos y contenidos para detectar incongruencias.
Gastos de representación para con los clientes. La Agencia Tributaria está remitiendo numerosos requerimientos a empresas medianas para fiscalizar sus gastos. En ellos se han detectado incidencias en las autoliquidaciones del IVA, para lo que se exige a la empresa que presente documentación de facturas relativas a gastos relacionados con restaurantes, viajes, alquiler de coches y similares. Se trata de gastos en los que incurre la empresa en sus relaciones con otras compañías o bien para que sus propios trabajadores con cometidos comerciales puedan captar nuevos clientes o negociar con los ya existentes. Estas comprobaciones tienen como finalidad el garantizar que sólo son objeto de deducción los gastos que estén realmente relacionados con la actividad económica.
Limitación y control de los aplazamientos del pago de las retenciones. Hacienda está controlando los aplazamientos del pago de las retenciones en el IRPF que solicitan las empresas. En una instrucción interna se insta a no admitirlas, con carácter general, para acabar con el fraude de las empresas que las utilizan para financiarse. Esta medida entró en vigor en enero de 2014 y sustituye a otra Orden de 2009 que daba más posibilidades de contar con liquidez ante las dificultades que en este sentido conlleva la crisis. Esta medida ya ha reducido el número de solicitudes de aplazamientos de retenciones que han presentado las empresas en más de un 60 por 100 en comparación con el año anterior.
Alzamiento de bienes de empresarios morosos. Tras detectarse más de 200 casos de alzamiento de bienes durante el año pasado, Hacienda está intensificando las inspecciones a empresarios morosos para que no “vacíen” patrimonialmente la compañía. El objetivo de la Agencia Tributaria es evitar que se utilice esta técnica para no pagar deudas al Fisco. Desde la entrada en vigor de la Ley Antifraude, Hacienda tiene poder para prohibir el alzamiento de bienes y especialmente la venta de inmuebles que, perteneciendo al empresario moroso, estén a nombre de una empresa en la que tiene más de un 50 por 100 de las acciones. Actualmente realizar un vaciamiento patrimonial está tipificado como delito y está penado con hasta cuatro años de cárcel.
En esta línea que comentamos, la Agencia Tributaria ha completado recientemente una actuación de gran envergadura en relación con establecimientos del sector del calzado y el textil que utilizaban programas informáticos para ocultar una parte relevante de sus ventas, que podría llegar hasta el 30 por 100 de la facturación real. Las empresas investigadas concentraban las prácticas defraudatorias en las operaciones de efectivo, que hacían desaparecer parcialmente de la contabilidad, a diario y a su voluntad.
En estos envíos de correos fraudulentos, conocidos como “phishing”, se hace referencia a un reembolso de impuestos inexistente en la que el receptor del e-mail sale beneficiado. Para poder disponer del dinero hay que acceder a una dirección web en la que se deben aportar datos de cuentas bancarias y tarjetas de crédito.
Estos fraudes son detectados en muchas ocasiones gracias a la colaboración de los internautas que se ponen en contacto con los servicios de información de la Agencia Tributaria, que toma inmediatamente las medidas necesarias para perseguirlos.
La Agencia Tributaria recuerda que la mejor medida es la prevención de los usuarios ante comunicaciones sospechosas que incluyan la petición de datos bancarios y agradece la presta colaboración para informar de este tipo de fraudes.
Por último, la Agencia Tributaria vuelve a insistir en que:
Los dominios reales de la Agencia Tributaria son: www.aeat.es, www.agenciatributaria.es y www.agenciatributaria.com. El acceso a la Sede Electrónica debe hacerse a través de los dominios: www.agenciatributaria.gob.es, www1.agenciatributaria.gob.es, www2.agenciatributaria.gob.es, www1.aeat.es, www2.aeat.es, www3.aeat.es, www4.aeat.es, www5.aeat.es y aeat.es.
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