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PorASESCON

PAUTAS PARA EL CIERRE DEL EJERCICIO 2015

Un año más le hacemos un recordatorio de los pasos a seguir para realizar un cierre de ejercicio lo más óptimo posible, realizando los ajustes contables y fiscales que nos permitan ahorrarle impuestos en su próxima declaración anual. Así como para evitar recargos y sanciones por posibles declaraciones complementarias presentadas fuera de plazo

Todas las facturas que contengan retenciones por IRPF de honorarios a notarios, registradores, arquitectos, aparejadores, comisionistas, intermediarios  y cualquier otro profesional, así como todos aquellos recibos de alquiler de locales que igualmente llevan retención, deben estar en esta asesoría como fecha límite el próximo día, viernes 8 de enero.

Toda la documentación contable (facturas emitidas,  facturas recibidas, documentación bancaria, documentación laboral,…) deberá estar en esta asesoría como fecha límite el próximo día, viernes 15 de enero.

La documentación de cada cliente se contabilizará siempre y cuando  nos confirme que tenemos todo lo relativo a 2.015 en nuestro poder, y se hará por estricto orden de entrada de la documentación en nuestra oficina.

Una vez se realice el cierre contable de la empresa y los correspondientes ajustes fiscales, si recibiéramos  alguna factura posterior a las fechas señaladas, ésta pasaría a ser contabilizada en el ejercicio 2.016, con el consiguiente riesgo de las posibles infracciones por el incumplimiento de la normativa.

Aquellos clientes de los que nos encargamos de la recogida de la documentación, le rogamos encarecidamente la tengan preparada para cuando le avisemos del día de recogida, si por cualquier causa alguna factura no se nos entrega en ese momento, el cliente, siempre antes de las fechas arriba indicadas, deberá hacérnosla llegar personalmente, vía fax o vía e-mail.

Para las empresas que estén incluidas en el sistema de módulos, recordarles que deberán aportarnos, según cada actividad, los datos relativos a consumo eléctrico, personal contratado (incluso por ETT), variación en elementos como mesas, máquinas tragaperras, vehículos, etc. E igualmente si realizaron compras de inmovilizado, aportarnos las facturas correspondientes.

Por último recordarles que, en las actividades que se almacenen mercaderías de cualquier tipo (comercio, talleres, bares y restaurantes, entre otras), se nos deberá aportar, salvo que usted tribute en objetiva por módulos,  un inventario, a fecha 31 de diciembre, con el valor a precio de costo de dicha mercancía.

Somos conscientes de que muchos de Uds. no disponen de administrativo para facilitarle esta tarea, pero nuestra experiencia de años anteriores nos obliga a actuar inexcusablemente y con la suficiente antelación a las fechas fijadas por la administración, evitando, de esta manera, que la falta de tiempo para realizar el cierre nos obligue a que la planificación de su impuesto sea más apresurada y, posiblemente,  menos beneficiosa para su empresa. Es por ello, que solicitamos su colaboración con el total convencimiento de que con esta planificación será su empresa la única beneficiada.

Sólo nos queda aprovechar la ocasión para reiterarle nuestros más sinceros deseos de que 2.016 se convierta en el año que siempre han soñado.

                Atte. Dpto.fiscal.

PorASESCON

PLAN DE INSPECCIÓN DE HACIENDA EN 2015

La siguiente información de la Agencia Tributaria puede ser de su interés. Lea atentamente…

Plan de Control e Inspección Tributario 2015

La Agencia Tributaria reforzará este año sus actuaciones de control con el objetivo de aflorar una actividad no declarada que genera competencia desleal, perjudicando a las empresas y particulares que sí cumplen correctamente con sus obligaciones tributarias.

Estas actuaciones, junto a una intensificación de aquellas a realizar sobre la economía sumergida en colaboración con la Inspección de Trabajo, la captación en internet de información tributaria relevante para las labores de control y la investigación de patrimonios en el exterior a partir de la información que ofrece la declaración de bienes y derechos en el extranjero.

Se realizarán actuaciones dirigidas al afloramiento de actividades y rentas ocultas. Entre otros colectivos, se actuará en relación con particulares que ceden total o parcialmente viviendas por internet u otras vías, así como sobre aquellas empresas que no cumplen debidamente con sus obligaciones fiscales. Todo ello, al tiempo que se seguirán reforzando las visitas presenciales para la detección de alquileres irregulares no declarados.

A su vez, la Agencia Tributaria impulsará también las actuaciones de control en aquellos casos en que aprecie la existencia de riesgos significativos de infradeclaración de la actividad.

Por otra parte, se analizará muy especialmente la posible utilización de programas informáticos (‘software de doble uso’) que alteren la facturación real, reenumeren tiques y modifiquen los precios o, simplemente, permitan suprimir una parte de la facturación.

Perjuicio para la libre competencia

Estos comportamientos se consideran especialmente graves, dado que ponen de manifiesto la voluntad expresa y deliberada de defraudar a la Hacienda Pública mediante la infradeclaración de ventas respecto de los niveles reales de facturación, además de suponer una grave alteración de las condiciones generales de competencia.

Para garantizar una mayor efectividad de la acción inspectora, se planificarán actuaciones selectivas coordinadas a nivel nacional al objeto de combatir técnicas de ocultación de la actividad. Especialmente se actuará en relación con contribuyentes que realizan ventas finales al público por las mayores dificultades de contraste que tradicionalmente han tenido estas actividades.

En 2015, la Agencia Tributaria seguirá potenciando la lucha contra la economía sumergida mediante las intervenciones presenciales con personal de auditoría informática que analizará y verificará los programas y archivos de los equipos electrónicos de los obligados tributarios.

Igualmente, se mantendrán actuaciones presenciales dirigidas a comprobar la efectividad del cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo establecida en la ley antifraude de 2012 (Ley 7/2012) y se verificará in situ la situación censal de obligados tributarios respecto de los que existan indicios de deslocalización, o de simulación de actividad, para ocultar la verdadera actividad o al verdadero titular de las rentas.

El rastreo del fraude en Internet

Paralelamente, la Agencia Tributaria hará frente a las nuevas formas de fraude que se producen en internet, tanto mediante la captación y explotación de la información pública disponible en la red que permita descubrir actividades ocultas o bienes objeto de un comercio ilícito, como a través de actuaciones de control sobre aquellos fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de internet para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas generadas en esa actividad económica.

La captación de información se realizará a través de una serie de herramientas informáticas que permitirán ordenar y sistematizar la información. Está previsto cruzar la información de más de 200.000 dominios para su posterior incorporación a las bases de datos de la Administración Tributaria. Igualmente, y al objeto de valorar, desde el punto de vista tributario, la relevancia económica de las páginas de comercio electrónico, se procederá a la captación de los indicios de éxito que ofrecen las empresas especializadas en análisis y valoración de páginas web y en redes sociales.

Fiscalidad internacional

Por otra parte, continuarán siendo objeto de especial control la utilización improcedente de empresas para reducir la tributación de personas físicas, el análisis de signos externos de riqueza, los emisores de facturas irregulares y las tramas de fraude organizado en el IVA/IGIC, ámbito donde se potenciará la detección temprana de las organizaciones y la detección de esquemas de adquisición masiva y por precios simbólicos de sociedades sobre las que recaen o van a recaer importantes contingencias fiscales, por parte de personas ilocalizables.

PorASESCON

Ley 7/2012 contra el frade fiscal

El presente comunicado le muestra un resumen destacado por este despacho de la Ley 7/2012 de modificaciones tributarias y prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Quizás la medida “estrella”, por esperada, sea la entrada en vigor, a partir del 19 de noviembre, de la limitación de los pagos en efectivo a 2.500 euros, que se desarrolla en el Artículo 7.

En dicho documento le aconsejamos que, al menos, lea lo que le destacamos en:
La Exposición de Motivos
Los Artículos 3, 6 y 7
La Disposición final primera
La Disposición final quinta (entrada en vigor)

Por otra parte, le adjuntamos la Nota elaborada por la propia Agencia Tributaria y publicada en su página web www.aeat.es referente a la misma Ley y que, igualmente, aconsejamos su lectura.

Por último, la Orden del Gobierno de Canarias en la que, a partir del miércoles 12 de diciembre, dejará de publicar las Notificaciones por medio de anuncios en el BOCA y lo hará a través de su sede electrónica y su página web.

Obviamente, estamos a su disposición para aclarar cuantas dudas le pudiesen surgir.

Descargue aquí archivos PDF con los detalles de éste comunicado:

>> LEY 7 2012 DE 29 DE OCTUBRE CONTRA EL FRAUDE FISCAL

>> NOTA DE LA AEAT A LA LEY 7 2012 DE FRAUDE FISCAL

>> NOTIFICACIONES ADM TRIBUTARIA CANARIA

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Proyecto de ley de lucha contra el fraude fiscal

LE  ADELANTAMOS ALGUNAS DE LAS MEDIDAS QUE ENTRARÁN  EN VIGOR CUANDO LA LEY SE APRUEBE EN EL PARLAMENT0. EN ESE MOMENTO LE INFORMAREMOS OPORTUNAMENTE.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un proyecto de ley de lucha contra el fraude fiscal que recoge la limitación de los pagos en efectivo a cantidades inferiores a 2.500 euros, cantidad que asciende a 15.000 euros cuando el pagador sea un particular no residente.

La aplicación de esta medida no afectará a las operaciones entre particulares, sino a las realizadas siempre que intervenga una empresa o profesional.

Por ejemplo, cuando la ley entre en vigor, una reforma de una casa, realizada entre un particular y una empresa o profesional autónomo de la construcción,  que cueste más de 2.500 euros, no se podrá pagar en metálico al contratista, sino mediante transferencia bancaria u otro medio de pago no efectivo.

El texto, cuya medida más llamativa es la prohibición a los profesionales de formalizar pagos en efectivo de más de 2.500 euros, incentiva a los tenedores de ganancias no declaradas a acogerse a la amnistía fiscal.

El propio Gobierno considera esta medida «un complemento perfecto al plan extraordinario de regularización de rentas ocultas» por el que pretende aflorar 25.000 millones procedentes de la economía sumergida, previo pago al Estado de una penalización del 10%.

Además, habrá obligación de informar sobre cuentas y valores que estén en el extranjero y se declara la «imprescriptibilidad» de las rentas no declaradas, que serán imputadas al último periodo impositivo de los no prescritos.

Asimismo, el Gobierno ha fijado una multa mínima de 10.000 eurospara aquellos contribuyentes que no declaren sus cuentas en el extranjero, a los que se sumarán 5.000 euros por cada dato que se descubra y que no haya sido comunicado por el contribuyente.

El incumplimiento de esas limitaciones acarreará a los intervinientes —tanto al pagador como al receptor del efectivo— sanciones equivalentes al 25% del abono realizado. No obstante, una de las partes podrá eludir la multa si delata a la otra ante Hacienda.

También se establece la exclusión del régimen de módulos para los empresarios que facturen menos del 50% de su operaciones con particulares, una exclusión que solo será para aquellos cuyo volumen de rendimientos íntegros del año anterior supere los 50.000 euros.

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Detectar y Sancionar…

Se inicia una campaña de inspecciones para detectar y sancionar el fraude fiscal

El consejero de Economía, Hacienda y Seguridad afirma que perseguirá comportamientos insolidarios que perjudican a todos los canarios.

La Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad del Gobierno de Canarias iniciará este mes de abril una campaña de visitas presenciales a locales donde se desarrollen actividades empresariales o profesionales con el fin de determinar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. El consejero, Javier González Ortiz, anunció este medida ayer en el Parlamento regional como respuesta al fraude fiscal en las Islas.

Se trata de una de las novedades que ha introducido el departamento en el recién aprobado plan de control del fraude fiscal que perseguirá comportamientos insolidarios e indebidos, según explicó el consejero.

González Ortiz dijo que estas conductas suponen «un grave perjuicio no solo para las administraciones públicas sino para el conjunto de la sociedad; un perjuicio que todavía es más dañino en momentos como estos de crisis económica».

La Consejería aprobó el pasado mes de marzo un nuevo plan contra el fraude fiscal para 2012 añadiendo nuevas líneas de inspección sobre sectores y actividades que han cobrado auge con la crisis económica. Estas medidas incidirán también en una mayor agilidad en las actuaciones de control para mejorar la eficacia recaudatoria.

En general, las medidas se dirigen a una mayor colaboración con la agencia estatal tributaria, la seguridad social, los ayuntamientos, los cabildos y otros organismos públicos con el fin de obtener mejores resultados en el cruce de datos y en la información compartida.