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SUBVENCIÓN A PROYECTOS DE INVERSIÓN DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Le informamos de la Orden del 12 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de las subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias.

Objeto de la subvención:

El objeto de la subvención es fomentar el desarrollo de nuevos proyectos en empresas de nueva creación o ya existentes, con el fin de aumentar la productividad y competitividad de las mismas.

Salvo el caso de los proyectos de empresas de nueva creación, las empresas han de contar con uno o más empleados en el momento de presentar la solicitud, hacemos incapié en esta última frase ya que, en las empresas ya existentes DEBEN TENER EMPLEADOS de lo contrario no se puede acceder a esta subvención.  

Proyectos Subvencionables:

  1. A) Creación de una empresa.
  2. B) Mejorar la productividad y competitividad de una empresa ya existente.
  3. C) Apoyo a la innovación en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial:
  • Realización de Proyectos de Desarrollo Tecnológico aplicado.

Estos proyectos podrán abarcar la creación del nuevo producto o proceso, las pruebas experimentales y ensayos necesarios para su concreción y la elaboración de prototipos (no comercializables) previos al inicio de la explotación industrial y comercial. Estos proyectos tienen que implicar la creación o mejora sustantiva de un proceso productivo y/o producto.

  • Apoyo a la Implantación, Certificación Tecnológica y Certificación de acuerdo con las normas UNE 166.001-Proyectos de I+D+I y UNE 166.002-Sistemas de Gestión de la I+D+I y a la implantación y Certificación de Sistemas de Gestión Ambiental (Norma UNE-EN-ISO 14001), de sistemas de Gestión de Calidad (Norma UNE-EN-ISO-9001), Excelencia Empresarial EFQM, Sistemas de Gestión de la Seguridad de la Información (Norma ISO 27001 o eventuales desarrollos posteriores), Calidad de servicio para pequeño comercio (UNE 175001-1:2004) y Marca Q de calidad Turística..

Gastos Subvencionables:

Para los proyectos de tipo A) Creación de una empresa y B) Mejorar la productividad y competitividad de una empresa ya existente:

  1. a) Gastos de constitución y primer establecimiento.
  2. b) Bienes de equipo, entendiéndose por tales el equipamiento necesario para desarrollar la actividad.
  3. c) Inversiones inmateriales (software).
  4. d) Acondicionamiento de local (Incluidas fachadas, escaparates y rótulos)

Para los proyectos tipo C. Apoyo a la innovación en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial:

  1. a) Inversiones materiales o inmateriales. (Sólo C.1)
  2. b) Colaboraciones externas
  3. c) Gastos de personal técnico interno. (Sólo C.1)

El Inicio del plazo para realizar y justificar (téngase en cuenta que la inversión hay que realizarla antes de percibir la posible ayuda).

Dichas inversiones deben estar realizadas en el periodo comprendido desde el 1 de Enero hasta el 10 de Noviembre del presente año.

Las facturas pagadas en efectivo no se admitirán, todos los pagos han de quedar reflejados mediante movimiento bancario.

Dotación económica: 4.650.000 euros dentro del Programa Operativo FEDER de Canarias 2014-2020.

La dotación inicial podrá incrementarse a la vista de los expedientes presentados, siempre que exista cobertura económica para llevarla a cabo y se realice antes de la resolución.

Límite máximo de subvención: 60.000 euros.

Máximo porcentaje subvencionable: 55% para pequeñas empresas y 45% para medianas empresas.

Plazo para presentarla: Hasta el 15 de Junio de 2016, por lo que pedimos encarecidamente que si cumplen los requisitos, se pongan en contacto con nosotros para proceder oportunamente.

Si quiere acceder al documento completo pinche en el siguiente enlace http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2016/097/002.html

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Ultimátum de la AEPD a empresas españolas: prohibido usar Dropbox o Google Apps

Ultimátum de la AEPD a empresas españolas: prohibido usar Dropbox o Google Apps…

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha dado un ultimátum a las empresas españolas tras el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado mes de octubre. Todas aquellas que utilicen plataformas tecnológicas que realicen transferencias de datos de ciudadanos europeos a terceros países (incluido EEUU), como por ejemplo Dropbox, Google Drive o MailChimp, tienen hasta el 29 de enero para cumplir con la nueva normativa o ser multadas.

De esta forma, la AEPD ha requerido a todas las compañías para que dejen de usar estos servicios salvo que cumplan una de estas tres opciones: contar con la autorización del Director de la Agencia, el consentimiento informado de todas las personas cuyos datos se vean afectados o utilizar alguna de las excepciones previstas en el artículo 34 de la Ley Orgánica 15/1999, como lo puede ser por ejemplo realizar una transferencia para auxilio judicial o un diagnóstico médico.

«Con fecha 6 de octubre del presente año, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha declarado inválida la decisión de la Comisión 200/520/CE que establece el nivel adecuado de protección de las garantías para las transferencias internacionales de datos a EEUU ofrecidas por el acuerdo de Puerto Seguro, por lo que las transferencias no pueden ampararse en esa base legal», explica la carta enviada por la AEPD.

Límite: 29 de enero de 2016

En su carta, la APED prosigue: «En el caso de que se tenga previsto continuar realizando transferencias internacionales de datos a EEUU, país que no proporciona un nivel de protección equivalente al que presta la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), deberán encontrar legitimación en otros instrumentos como las Cláusulas Contractuales Tipo adoptadas por las decisiones de la Comisión Europea 2001/497/CE, 2004/415/CE y 2010/87/UE y, en su caso, en las excepciones previstas en el artículo 34 de la LOPD que pudieran ser aplicables. En consecuencia, se le requiere para que a la mayor brevedad y en todo caso antes del 29 de enero de 2016, informe al Registro General de Protección de Datos sobre la continuidad de las transferencias y, en su caso, sobre su adecuación a la normativa de protección de datos».

Están afectadas las empresas españolas que usan, para guardar o tratar información con datos personales de sus clientes, servicios como por ejemplo Dropbox, Google Drive, Google Apps, Google Analytics, Google Adsense, MailChimp (para gestionar el envío de emails comerciales), Facebook, Flickr, Instagram e incluso Twitter.

Según ha explicado a Teknautas el socio del despacho de abogados Abanlex, Pablo Fernández Burgueño, «si una empresa española usa, por ejemplo, un widget de Twitter en su página web o ha subido a su perfil fotografías en las que aparezcan personas identificables, podrá solicitar la autorización del Director de la Agencia Española de Protección de Datos. Para ello tendrá que presentar antes del 29 de enero un escrito de solicitud, el contrato empresa-Twitter firmado por ambas partes y una traducción jurada al español, y poderes suficientes de los firmantes, además de la correspondiente traducción jurada al español».

El próximo 29 de enero la Agencia iniciará un procedimiento contra aquellas empresas que no se hayan adaptado a la nueva normativa para suspender temporalmente sus transferencias. «Esto incluye el inicio de un procedimiento de inspección y una posible sanción con multa de 300.001 euros a 600.000 euros por comisión de una infracción muy grave de protección de datos», ha añadido Fernández Burgueño. Para notificar a la AEPD alguna de estas modificaciones, los responsables podrán hacerlo a través de la Sede Electrónica o por correo postal.

Fuente: El Confidencial

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Las ocho trampas más burdas de los autónomos (y algunas empresas) que desatan la risa de hacienda.

Éste artículo donde , en mayor o menor medida, recuerda las advertencias que les solemos dar en este despacho respecto a la “dudosa” deducibilidad de muchos de los gastos que ustedes nos aportan…


Una cosa es deducir la luz, el coche o el teléfono, y otra cosa es intentar deducirse una  extraña comida en las islas Seychelles en verano y para 15 comensales. Estas son las trampas más burdas que los emprendedores quieren meter a hacienda, y que desatan la risa de los inspectores cuando realizan una visita al contribuyente.

Comidas. Se pueden desgravar las comidas por motivo de trabajo como visitas a clientes, comidas en viajes o invitaciones protocolarias. Pero ¿En serio piensas que va a colar esa cena para 12 personas durante las navidades en Saint Moritz, estación Suiza de esquí? Los inspectores de hacienda te preguntarán qué tiene que ver la albañilería con el esquí de alta montaña.

La ubicuidad. Has reunido un montón de facturas que no son tuyas sino que las han aportado tus amigos ‘para ayudarte’ y para que pagues menos a hacienda. Pero el inspector te pregunta si tienes algún poder extrasensorial como la ubicuidad. ¿Cómo es posible que hayas comido en dos sitios a la vez, el mismo día y a la misma hora? Pillado.

Mucho ticket, poca factura. Te has portado bien y cuando viene el inspector le enseñas tickets de restaurantes, aparcamientos, compras de material de oficina. Muy bonito, dice el inspector, pero como usted paga el iva no me valen los tickets: “necesito facturas a su nombre donde salga su cif o NIF”. Entonces descubres muy tarde que has hecho mal tu trabajo. ¡A pagar!

El exceso de facturas. Imagina que viene el inspector y tú tienes preparada un taco de facturas (de ignoto origen). Todas están perfectamente detalladas: qué, quién, cómo… están a tu nombre, con cif y todo. Nada puede fallar pero el inspector empieza a sacar cuentas y resulta que tus ingresos mensuales son de 3.000 euros, y tus gastos corrientes son de 2.999 euros: “dígame el truco para hacer la cesta de la compra con un euro al mes y sobrevivir”, te dice. Eso significa que te has pasado ‘recolectando’ facturas.

Facturas en pdf. Has logrado reunir un montón de facturas enviadas por correo electrónico en formato pdf. (No vamos a preguntar cómo las has obtenido). Todo encaja. Pero se te ha olvidado un detalle: hacienda no acepta pdf por facturas. Tienen que ser documentos electrónicos, es decir, deben estar autenticados con una firma electrónica basada en un certificado digital reconocido y, además, que puedan ser transmitidos de un ordenador a otro con el consentimiento de ambas partes.

Coche de empresa. Si eres autónomo y no te dedicas al transporte, vas a sudar tinta para demostrar que usas el coche es para tu trabajo y que mereces deducirte el 100% de los gastos en gasolina, reparaciones, aceite… el inspector te preguntará si tienes otro coche de uso personal y familiar, y si le dices no, entonces, ¡Bingo! La ley dice que si le das ese uso doble (familiar y laboral) no puedes deducirte el 100%. Da las gracias si te deja deducirte el 50%.

La pegatina en el coche. Para deducirte los gastos, has puesto el coche a nombre de la empresa, y además, le has adosado una hermosa pegatina en el cristal que dice: ‘obras Manolo, srl’. El inspector te preguntará dónde están los correos electrónicos que demuestren que viajaste a tal y tal sitio para cerrar este o aquel negocio con un cliente o proveedor. Te pedirá facturas de comidas o de aparcamientos (y hasta multas) que demuestren que fuiste a esos sitios. ¿Las tienes? Oh, no…

Fin de semana agotador. Es la trampa que más risas produce en los inspectores: presentar un montón de comidas en los fines de semana.  Y cenas. Y hoteles. Y karaokes. Sobre todo si el trabajo que desempeña el aludido es: dentista.


Sin otro particular

Reciban un cordial saludo

ASESCON GESTION INTERGRAL, S.L.

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VIVEROS DE EMPRESA DE GRANADILLA DE ABONA

El pasado miércoles 25 de Febrero asistimos, invitados por la Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Granadilla de Abona,  a una reunión informativa sobre la puesta en marcha  de los Viveros de Empresa que se encuentran en el Centro Público Multifuncional denominado San Isidro Espacio Cívico-SIEC.

El Vivero de Empresas del Ayuntamiento de Granadilla de Abona es un servicio municipal destinado a fomentar la instalación y creación de empresas innovadoras y/o generadoras de empleo en el municipio. Este espacio ofrece ventajas cualitativas y económicas al que se accede mediante un contrato de arrendamiento (incluye servicios generales, abastecimiento de agua, saneamiento, internet, limpieza de zonas comunes, energía eléctrica,…). Se ofrece un total de siete locales, siendo la duración de la concesión de aprovechamiento, disfrute y uso de doce meses prorrogables  previo informe de la Agencia de Empleo y Desarrollo Local.

Por tal motivo queremos informarle que todo aquel empresario o emprendedor interesado en acceder al uso de los citados locales, debe acudir a cualquier oficina del SAC del municipio (El Médano, San Isidro o Granadilla) y presentar la correspondiente solicitud con la documentación complementaria correspondientes. Allí se les informará de las bases reguladoras de la presente convocatoria y los criterios de valoración-selección de las solicitudes realizadas recordándoles, que las solicitudes se podrán presentar como fecha límite, hasta el próximo 17 DE MARZO DE 2.015.

Si usted está interesado en poder  participar en el procedimiento de adjudicación, no deje de acercarse al SAC correspondiente y solicitar la información precisa.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo

Atentamente

ASESCON-GESTION INTEGRAL, S.L.

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Inspecciones Tributarias

La Inspección Tributaria se centrara en las pequeñas empresas

Dentro del marco del Plan General de Control Tributario y Aduanero, la Agencia Tributaria ha puesto en marcha durante este año un mayor protagonismo para la vigilancia de las empresas medianas buscando bolsas de fraude en diferentes actividades. En este sentido, el director de la Agencia Tributaria, D. Santiago Menéndez, ha manifestado en diversas ocasiones que las grandes empresas ya están suficientemente controladas.

Las principales áreas de actuación preferente son las siguientes:

Contabilidad informática de medianas empresas. La Agencia Tributaria trata de indagar los sistemas informáticos en busca de una doble contabilidad, siendo los sectores más afectados los de hostelería y de construcción. En las inspecciones, los funcionarios solicitan acceso a su sistema informático para acceder a la contabilidad a través de sistemas SAP, inspeccionar potencial software de doble uso y revisar todos los documentos y contenidos para detectar incongruencias.

Gastos de representación para con los clientes. La Agencia Tributaria está remitiendo numerosos requerimientos a empresas medianas para fiscalizar sus gastos. En ellos se han detectado incidencias en las autoliquidaciones del IVA, para lo que se exige a la empresa que presente documentación de facturas relativas a gastos relacionados con restaurantes, viajes, alquiler de coches y similares. Se trata de gastos en los que incurre la empresa en sus relaciones con otras compañías o bien para que sus propios trabajadores con cometidos comerciales puedan captar nuevos clientes o negociar con los ya existentes. Estas comprobaciones tienen como finalidad el garantizar que sólo son objeto de deducción los gastos que estén realmente relacionados con la actividad económica.

Limitación y control de los aplazamientos del pago de las retenciones. Hacienda está controlando los aplazamientos del pago de las retenciones en el IRPF que solicitan las empresas. En una instrucción interna se insta a no admitirlas, con carácter general, para acabar con el fraude de las empresas que las utilizan para financiarse. Esta medida entró en vigor en enero de 2014 y sustituye a otra Orden de 2009 que daba más posibilidades de contar con liquidez ante las dificultades que en este sentido conlleva la crisis. Esta medida ya ha reducido el número de solicitudes de aplazamientos de retenciones que han presentado las empresas en más de un 60 por 100 en comparación con el año anterior.

Alzamiento de bienes de empresarios morosos. Tras detectarse más de 200 casos de alzamiento de bienes durante el año pasado, Hacienda está intensificando las inspecciones a empresarios morosos para que no “vacíen” patrimonialmente la compañía. El objetivo de la Agencia Tributaria es evitar que se utilice esta técnica para no pagar deudas al Fisco. Desde la entrada en vigor de la Ley Antifraude, Hacienda tiene poder para prohibir el alzamiento de bienes y especialmente la venta de inmuebles que, perteneciendo al empresario moroso, estén a nombre de una empresa en la que tiene más de un 50 por 100 de las acciones. Actualmente realizar un vaciamiento patrimonial está tipificado como delito y está penado con hasta cuatro años de cárcel.

En esta línea que comentamos, la Agencia Tributaria ha completado recientemente una actuación de gran envergadura en relación con establecimientos del sector del calzado y el textil que utilizaban programas informáticos para ocultar una parte relevante de sus ventas, que podría llegar hasta el 30 por 100 de la facturación real. Las empresas investigadas concentraban las prácticas defraudatorias en las operaciones de efectivo, que hacían desaparecer parcialmente de la contabilidad, a diario y a su voluntad.

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Crédito sin avales y sin intereses para empresas de Santa Cruz de Tenerife – Jornada en el sur de Tenerife

La Cámara organiza una jornada para que empresas y profesionales obtengan crédito comercial sin avales y sin intereses. Facilitar el acceso al crédito de las empresas y profesionales canarios y contribuir al conocimiento de nuevos modelos de financiación ajenos a las entidades bancarias es el objetivo del convenio que acaba de firmar la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife y Trocobuy, líder europeo en financiación no bancaria.

La primera iniciativa recogida en este acuerdo es la celebración de dos jornadas informativas, bajo el título “Nuevo modelo de Financiación no bancaria: Crédito sin avales y sin intereses para las empresas y profesionales de Santa Cruz de Tenerife”. De carácter gratuito, estas jornadas se desarrollarán los días 30 de junio en la sede central de la Cámara de Comercio y el día 1 de julio en las instalaciones de la FIT, en Adeje.

Las empresas y profesionales que se inscriban, de forma gratuita, en alguna de estas dos jornadas, recibirán una tarjeta personalizada con un crédito comercial, de disposición inmediata, para comprar lo que necesiten, con las mejores condiciones: sin avales, sin intereses, sin gastos de apertura e incluye el pago en especie como método de devolución.

Jornada de Financiación

Puede obtener información más detallada a través de:

Olivia Millán Taisma
Directora Económico Financiera
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 922100408 (ext. 446)
E-mail: omillan@camaratenerife.com

Web: www.camaratenerife.com

Esperando sea de su interés, reciba un cordial saludo.