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SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN DE EMPLEADOS

La fundación FIFEDE hace una nueva convocatoria para subvención a la contratación de empleados.

SÉPTIMA CONVOCATORIA PARA LA OTORGACIÓN DE SUBVENCIÓN DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN EN EL MARCO DEL PLAN DE ACCIÓN POR EL EMPLEO DE TENERIFE

Destinadas a financiar parte de los costes salariales y cuota empresarial a la Seguridad Social durante un máximo de 4 meses y se otorgan hasta un máximo de 4.000 € en contratos indefinidos y hasta 2.800 € en contratos temporales

REQUISITOS:

  • Trabajador estar en situación de Desempleo ( No hay límite de Inscripción).
  • Se subvencionan contratos celebrados a partir del día 01/01/2017.
  • Estar al corriente en las Obligaciones Tributarias y de Seguridad Social.
  • El trabajador no puede tener relación con la Empresa en los 3 meses anteriores a la celebración del contrato.
  • Se subvencionan los contratos Indefinidos y los de Duración Determinada, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial ( mínimo 20 horas semanales).
  • La Empresa tiene que mantener tanto al trabajador subvencionado como el nivel de plantilla durante 12 meses.

PLAZOS Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

  • Las solicitudes tendrán que presentarse hasta el día 7 de abril de 2017, en el Registro de FIFEDE sita en Calle Zurbarán 30, esquina Islas Canarias, Santa Cruz de Tenerife en horario de Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00

Si usted está interesado o interesada, no dude en contactar con nuestro departamento laboral.

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Subvenciones a la Contratación de Empleados

Estimado/a cliente/a:

En esta oportunidad le informamos de la nueva convocatoria abierta por el Cabildo de Tenerife para las subvenciones a la contratación de empleados.

Si está interesado/a en acogerse a la misma, por favor, póngase lo antes posible en contacto con nuestro departamento laboral,  pues el plazo para la presentación de solicitudes  finaliza el próximo día 30 de abril.

La Subvención Fomento De La Contratación en el marco del Plan De Acción Por El Empleo De Tenerife, está destinada a financiar parte de los costes salariales y cuota empresarial a la Seguridad Social durante un máximo de 4 meses y se otorgan hasta un máximo de 4000€ en contratos indefinidos y hasta 2800€ en contratos temporales.

Es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

.- Trabajador estar en situación de Desempleo (No hay límite de Inscripción).

.- Se subvencionan contratos celebrados a partir del día 01/02/2014.

.- Estar al corriente en las Obligaciones Tributarias y de Seguridad Social.

.- El trabajador no puede tener relación con la Empresa en los 3 meses anteriores a la celebración del contrato.

.- Se subvencionan los contratos Indefinidos y los de Duración Determinada, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial (mínimo 20 horas semanales).

.- La Empresa tiene que mantener tanto al trabajador subvencionado como el nivel de plantilla durante 12 meses.

Las solicitudes tendrán que presentarse hasta el día 30 de Abril del 2014, en el Registro de FIFEDE sita en Calle Granados, 8 Santa Cruz de Tenerife en horario de Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 horas.

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Medidas en Vigor…

LE RECORDAMOS MEDIDAS YA EN VIGOR, QUE CONSIDERAMOS DE SU INTERÉS, Y LE INFORMAMOS SOBRE NOVEDADES PREVISTAS POR EL ACTUAL GOBIERNO.

1º) Por una cuestión de vencimiento de plazo, en primer lugar queremos recordarle que el próximo sábado 30 de junio, termina el periodo concedido por el Ministerio de Trabajo para que las/los trabajadoras/es del empleo doméstico se pasen al nuevo Sistema Especial de Empleados del Hogar (SEEH) ya que el anterior Régimen Especial de Empleados de Hogar quedará sin efecto.

Si tiene en su casa  algún empleado/a de hogar  y quiere regularizar su situación, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

2º) En segundo lugar le queremos recordar que existe una modalidad de contrato por la que puede incorporar a su empresa a un empleado, con un contrato formativo, que le permitirá NO pagar cuotas a la seguridad social.

Le animamos a que si piensa incorporar a alguien en su plantilla, opte por este tipo de contrato dadas sus ventajas económicas.

Los requisitos del/la trabajador/a y las características de la contratación son las siguientes:

  • Desempleados de 16 a 30 años ambos inclusives.
  • Duración del contrato Mínima de 1 año y máximo de 3 años ( por convenio se puede establecer que como mínimo sean 6 meses ).
  • Tiempo de la jornada laboral dedicada a la formación ( 2 horas diarias el primer año y 1 hora diaria para el segundo y tercer año ). Ésta formación la tiene que dar una empresa externa  cuyo coste mensual es de 180 € bonificables en los Seguros Sociales.
  • No se requiere titulación, pero no puede haber trabajado en un puesto de similar categoría.
  • Salario el fijado por convenio colectivo y en su defecto por el S.M.I.
  • El trabajador cotiza por desempleo.
  • Las cuotas a la Seguridad Social de la empresa estarán bonificadas en un 100% durante toda la vigencia del contrato formativo. Si ese contrato se transforma en indefinido la Empresa tiene una bonificación en los Seguros Sociales de 1.500€ y 1.800€ ( en caso de mujeres ) al año, durante 3 años.

El requisito para la empresa:

  • Estar al corriente de los pagos, tanto en materia de seguridad social como de hacienda estatal y autonómica.

3º) Por último queremos poner en su conocimiento una serie de medidas que el actual gobierno tiene previsto poner en marcha:

  • Establecer una bonificación del 50% de la cuota del seguro Autónomo a familiares colaboradores hasta el 2º grado inclusive, durante los primero 18 meses de alta. Es probable que este descuento se aplique sólo a las nuevas altas, a partir de su entrada en vigor.
  • Aquellos trabajadores por cuenta ajena que coticen en el Régimen General y, a su vez tengan un alta en el Régimen Autónomo, tendrán en esta cuota una bonificación del 50% , siempre que se mantenga la doble cotización.
  • Posibilidad de percibir, en un solo pago,  hasta el 100% de las prestaciones por desempleo pendientes de cobrar, para quienes se conviertan en trabajadores autónomos.

Si tiene pensado incorporar a un familiar a su plantilla de trabajadores, le recomendamos, en la medida de lo posible, esperar a que la norma entre en vigor.

En cuanto estas u otras medidas entren en vigor se lo haremos saber.